Información revisada el 20 de septiembre de 2026

Despidos · España

Si te han despedido, el tiempo ya está corriendo.

No des por buena la carta sin revisarla. Una causa mal explicada, un trámite omitido o una situación especialmente protegida pueden cambiar por completo el resultado.

Revisión individual Consulta confidencial El plazo importa
20
días hábiles para impugnar el despidoEl cómputo concreto depende de la fecha de efectos, festivos y posibles suspensiones.
Art. 103 LRJS ↗

Comprobación inicial

Detecta lo urgente antes de decidir.

Responde a cuatro datos básicos. No sustituye el estudio de la documentación, pero ayuda a localizar riesgos y a ordenar la consulta.

¿Qué ha ocurrido?

No guardamos estas respuestas: el análisis se realiza en tu dispositivo.

¿Te ocurre alguna de estas situaciones?

Esta herramienta no envía ni almacena datos personales. Solo prepara un resumen si después decides contactar.

Señales de alerta

Un despido no se decide solo por el título de la carta.

La causa, la forma, la prueba y el contexto deben analizarse juntos. Estas son algunas de las situaciones que merecen una revisión inmediata.

01

Carta imprecisa o genérica

La comunicación debe permitir saber qué hechos concretos se imputan y cuándo ocurrieron. Las fórmulas vagas dificultan la defensa.

02

Sin audiencia previa

En los despidos disciplinarios, la doctrina del Tribunal Supremo exige, con carácter general, una oportunidad previa de defenderse.

03

Embarazo o conciliación

El embarazo, determinados permisos, la adaptación de jornada o la excedencia por cuidado activan una protección reforzada frente al despido.

04

Baja o condición de salud

La incapacidad temporal no hace nulo cualquier cese, pero la enfermedad o condición de salud no pueden ser la razón discriminatoria del despido.

05

Represalia por reclamar

Si el cese llega tras exigir salarios, denunciar irregularidades o acudir a Inspección, puede entrar en juego la garantía de indemnidad.

06

Objetivo sin números

Las causas económicas, técnicas, organizativas o productivas deben explicarse y acreditarse; no basta con mencionarlas de manera abstracta.

La existencia de una señal no determina por sí sola el resultado. Sirve para identificar qué debe probarse y qué documentación conviene preservar.

Calculadora orientativa

Haz una primera estimación de la indemnización.

Compara la cuantía orientativa de un despido improcedente con la indemnización legal básica de un despido objetivo.

Incluye las pagas extraordinarias prorrateadas. Si cobras 14 pagas: mensual × 14 ÷ 12.
Despido improcedente
— €

Introduce tus datos para calcular

Antigüedad calculada
Días indemnizatorios
Despido objetivo (20 días/año)

Estimación bruta conforme a las reglas generales y al régimen transitorio de servicios anteriores al 12/02/2012. No incluye finiquito, salarios, complementos variables ni particularidades de convenio o contrato.

Derecho vigente

Qué ha cambiado y por qué puede afectar a tu caso.

La estrategia de un despido debe partir de la norma vigente y de la jurisprudencia real, no de explicaciones desactualizadas.

Contenido revisado a 20/09/2026. Fuentes: BOE consolidado y resoluciones del Tribunal Supremo publicadas en CENDOJ.
TS · 18/11/24

Audiencia previa en el despido disciplinario

La STS 1250/2024, ECLI:ES:TS:2024:5454, cambió la doctrina: antes de un despido disciplinario debe ofrecerse al trabajador la posibilidad de defenderse, salvo que razonablemente no pueda exigirse.

Desde 03/04/25

Protección de permisos y adaptación de jornada

La redacción vigente de los arts. 53 y 55 del Estatuto de los Trabajadores mantiene una protección reforzada, entre otros casos, para embarazo, permisos y determinadas medidas de conciliación.

Ley 15/2022

Enfermedad y condición de salud

La ley prohíbe la discriminación por enfermedad o condición de salud. Estar de baja no convierte automáticamente el despido en nulo, pero los indicios y la causa real son decisivos.

Regla vigente

El plazo continúa siendo de caducidad

El art. 103 LRJS fija 20 días hábiles para reclamar. La papeleta de conciliación puede suspender el cómputo, pero no conviene esperar al último día.

Cómo se reclama

Del primer análisis a una solución.

Revisión

Se estudian carta, fechas, salario, antigüedad, convenio y contexto del cese.

Conciliación

Se presenta la papeleta dentro de plazo y se concreta la pretensión frente a la empresa.

Negociación

Se valora una solución con garantías, sin renunciar a lo que realmente corresponde.

Demanda

Si no hay acuerdo, se plantea la impugnación ante el Juzgado de lo Social.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber desde el primer día.

Cada caso exige revisar documentos y fechas, pero estas respuestas evitan algunos errores frecuentes.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Con carácter general, 20 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido. No se cuentan sábados, domingos ni festivos en la sede del órgano judicial. Es un plazo de caducidad y debe calcularse de forma individual.

¿Firmar la carta significa que estoy de acuerdo?

Normalmente la firma acredita la recepción, pero conviene escribir “no conforme” y la fecha real. Hay que leer con especial cuidado cualquier acuerdo, saldo y finiquito o renuncia, porque su alcance depende de la redacción y de las circunstancias de la firma.

¿Puedo reclamar si ya cobré la indemnización?

En muchos casos sí. Percibir la cantidad ofrecida por la empresa no equivale necesariamente a aceptar la procedencia del despido. Debe revisarse qué documento se firmó y si existió un acuerdo transaccional válido.

¿Pueden despedirme estando de baja?

La baja médica no impide por sí sola cualquier despido. Lo relevante es la causa real, su acreditación y si la decisión está vinculada de forma discriminatoria a la enfermedad o condición de salud, además de otras posibles vulneraciones de derechos fundamentales.

¿Qué pasa si me despidieron de palabra?

La ausencia de carta no deja al trabajador sin acción. Conviene documentar inmediatamente lo ocurrido, intentar acreditar que la empresa impide trabajar y reclamar dentro de plazo, porque el despido verbal puede ser declarado improcedente.

¿La empresa tiene que escucharme antes de despedirme?

En los despidos disciplinarios, el Tribunal Supremo ha establecido que, con carácter general, debe darse al trabajador una oportunidad previa de defenderse de los cargos, conforme al art. 7 del Convenio 158 de la OIT, salvo la excepción de imposibilidad razonable.

¿Finiquito e indemnización son lo mismo?

No. El finiquito liquida cantidades pendientes —salario, vacaciones o pagas extras—. La indemnización compensa determinados tipos de extinción o la improcedencia. Puede haber finiquito sin indemnización y ambos conceptos deben comprobarse por separado.

¿Cuándo puede ser nulo un despido?

Cuando responde a discriminación o vulnera derechos fundamentales, y también en determinados supuestos de protección objetiva ligados, entre otros, al embarazo, nacimiento, permisos, conciliación o cuidado familiar, salvo que se acredite una causa procedente ajena a esas circunstancias.

No dejes que decida el calendario

Cuanto antes se revise, más opciones quedan abiertas.

Ten a mano la carta de despido, las tres últimas nóminas, el contrato y cualquier mensaje relevante. Una primera conversación puede aclarar qué pasos tienen sentido.

Alertas Revisar mi caso

Información legal

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“Revisa tu despido” es un portal temático de información laboral. No es una Administración pública, un sindicato ni un servicio de emergencias. La información publicada tiene carácter general y puede no ser aplicable a todas las situaciones.

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El contenido jurídico está supervisado por Ildefonso J. Gómez Ruiz, abogado ejerciente, colegiado número 2816 del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén. Cualquier asesoramiento o actuación profesional requerirá la comprobación de la inexistencia de conflicto de intereses y la aceptación expresa de las condiciones del encargo. No se garantizan resultados.

Para consultas puede utilizarse el correo consultasrevisatudespido@gmail.com.

Responsabilidad

Las calculadoras ofrecen estimaciones. Los plazos dependen de festivos, fechas de efectos, actos de conciliación y otras circunstancias que la herramienta no puede verificar. No debe retrasarse una actuación confiando exclusivamente en su resultado.

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Fuentes jurídicas

Legislación

Jurisprudencia destacada

STS (Sala de lo Social, Pleno) 1250/2024, de 18 de noviembre, rec. 4735/2023, ECLI:ES:TS:2024:5454, sobre audiencia previa al despido disciplinario; y doctrina posterior que la aplica.

Última revisión general del contenido: 20 de septiembre de 2026.