Cálculos orientativos conforme a las reglas generales vigentes
Salario, antigüedad y tipo de cese

Cómo calcular la indemnización por despido

El resultado no depende únicamente del último salario. Deben identificarse el tipo de extinción, la antigüedad computable, el salario regulador y los límites legales.

Lectura: 7 minutosActualizado: 20/09/2026Cálculo orientativo

Primero hay que distinguir indemnización y finiquito

El finiquito liquida cantidades pendientes: salario del último periodo, vacaciones no disfrutadas, pagas extraordinarias y otros conceptos. La indemnización responde al tipo de extinción o a la declaración de improcedencia. Puede existir finiquito sin indemnización y ambos deben revisarse por separado.

Despido objetivo: 20 días por año

Cuando el despido objetivo es procedente, la regla general es una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de 12 mensualidades.

Además del importe, deben comprobarse la puesta a disposición, la causa escrita y el preaviso, teniendo en cuenta las excepciones y efectos previstos legalmente.

Despido improcedente: 33 días por año

Para el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012, la indemnización general es de 33 días por año, con el límite de 24 mensualidades. Si la antigüedad comenzó antes de esa fecha, se aplica el régimen transitorio: 45 días por año por el periodo anterior y 33 por el posterior, con los límites específicos establecidos legalmente.

La calculadora ofrece una aproximación.Variables, bonus, salarios en especie, jornadas parciales, reducciones, periodos sin alta o una antigüedad discutida pueden modificar el resultado.

Cómo se obtiene el salario diario

Debe partirse del salario bruto que remunera el trabajo, incluyendo pagas extraordinarias y los conceptos salariales que correspondan. Cuando existen retribuciones variables, suele ser necesario obtener un promedio del periodo relevante. No todos los conceptos de una nómina tienen naturaleza salarial.

Qué fecha de antigüedad utilizar

No siempre coincide con el último contrato. Pueden computarse contratos temporales sucesivos cuando existe unidad esencial del vínculo, servicios previos reconocidos, subrogaciones o sucesión de empresa. También debe revisarse si una relación aparentemente temporal era realmente indefinida.

La indemnización no decide por sí sola la estrategia

Un cálculo económico debe ir acompañado de la revisión de la causa, la prueba y la posible nulidad. En caso de nulidad, la consecuencia principal no es una indemnización tasada como la improcedencia, sino la readmisión y los salarios dejados de percibir, sin perjuicio de daños adicionales cuando procedan.

Datos necesarios para una estimación

  • Fecha inicial de prestación de servicios y fecha del cese.
  • Salario bruto anual o mensual con pagas extraordinarias.
  • Retribución variable del periodo relevante.
  • Tipo de despido y causa expresada en la carta.
  • Jornada y cambios producidos durante la relación.
  • Importes ya ofrecidos o abonados por la empresa.
Fuente principal: arts. 53, 56 y disposición transitoria undécima del Estatuto de los Trabajadores.
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